¿CÓMO SE OBTIENEN?

El alumno deberá estar en posesión de la titulación requerida (excepto para certificados de nivel 1, en los que no se requiere titulación previa), según el nivel que tenga el Certificado de Profesionalidad.

Vías de obtención:

1.- Superar los módulos formativos correspondientes, mediante la realización y evaluación de las acciones formativas organizadas por los servicios Públicos de empleo, en los Centros Autorizados, dirigidas a trabajadores prioritariamente desempleados (u ocupados también). Esta formación conlleva la superación de un módulo obligatorio de prácticas no laborales en centros de trabajo.

2.- Participando en las pruebas que, al respecto, convoque la Administración correspondiente, basándose en el Real Decreto 1224/2009 de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación. En dichas pruebas se tendrá en cuenta la experiencia laboral acumulada relacionada con el certificado, que habrá de demostrarse mediante las correspondientes pruebas de desempeño ante un tribunal evaluador.

3.- Mediante la convalidación de cada UNIDAD DE COMPETENCIA, por estar en posesión de dicha UNIDAD a través de la Formación Profesional de grado medio o superior del sistema educativo (formación reglada).
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